background

Hoy hemos recibido una llamada desde la Policía nacional de Murcia, unos jóvenes habían encontrado un cachorro y no sabían que hacer, han llamado a Policía Local de Murcia que les ha derivado al servicio de Zoonósis y su sorpresa es que les han pedido casi 100€ por hacerse cargo del animal. La Policía Nacional, sin ser de su competencia, les han atendido, se han puesto en contacto con nosotros y tras unas gestiones, el cachorro ya está acogido.

Según el artículo 26.3 de la Ley 6/2017 de 8 de noviembre, de protección y defensa de los animales de compañía de la Región de Murcia “La captura y recogida de animales abandonados y/o extraviados corresponde a los ayuntamientos. Para cumplir este fin, los servicios de recogida contarán con el personal capacitado y con las instalaciones adecuadas, debiendo disponer de un número suficiente de plazas, en relación con el Registro de Animales de Compañía de la Región de Murcia.”

El mismo artículo 26 en su punto 5 dice “Los ayuntamientos deberán redactar un protocolo de actuación con respecto a la recogida de animales de compañía vivos o muertos, en base a lo que se determine reglamentariamente y gozará de la máxima publicidad en el tablón de anuncios, página web municipal y demás medios de comunicación disponibles.”

Artículo 13.1 de la Ordenanza Municipal de Murcia “Se considera animal abandonado o vagabundo aquel que no lleve ninguna identificación del origen o del propietario, ni vaya acompañado de persona alguna. En dicho supuesto el Ayuntamiento se hará cargo del animal y lo retendrá hasta que sea recuperado, cedido o sacrificado.”

A raíz de este artículo de la ordenanza Municipal de Murcia, comentar que está absolutamente obsoleta, es del año 1996, y no ha sido adaptada a la Ley 6/2017 que, en su disposición transitoria cuarta, daba un plazo de un año para que los municipios adaptaran sus respectivas ordenanzas municipales, es decir hasta diciembre de 2018, y ha pasado más de un año sin que el Ayuntamiento de Murcia lo haya hecho.

Por tanto, habrá que entender que cualquier artículo de la citada ordenanza municipal de Murcia que contravenga la Ley 6/2017 será nulo de pleno derecho, es bueno que los ciudadanos tengan información del funcionamiento anómalo de sus administraciones públicas.

Volviendo al tema central, nos parece vergonzoso que se quiera cobrar al ciudadano que da un aviso de un animal abandonado, vergonzoso e ilegal, y no es un caso aislado, es lo habitual a diario.

Igual de vergonzoso nos parece que al ciudadano que encuentra un animal abandonado en algunos municipios se le trate como un delincuente y se le amenace por denunciarle, frases como “y quien me dice que el perro no es tuyo y lo estás abandonando” son habituales en ciertos municipios de la Región de Murcia que presumen de ordenanzas, unidades policiales, patrullas ciudadanas, y demás.

Resumiendo, mucho tienen que cambiar las cosas en la Región de Murcia, no es suficiente con promulgar leyes y ordenanzas municipales que después no se cumplen o se tergiversan con el fin de encubrir las carencias de muchos municipios, como instalaciones insuficientes, obsoletas o inexistentes, servicios ineficientes, personal no formado, etc., etc. etc.

Utilizamos cookies propias y de terceros con el fin de poder ofrecerte contenidos, confeccionar estadísticas de uso del sitio web, recordar el consentimiento de la Política de Cookies, etc. En ningún caso se recaba información personal, ni ninguna información que permita identificarte. Si aceptas la Política de cookies ya no se mostrará este aviso en los próximos 12 meses. En caso contrario podrás seguir navegando por nuestra página web, pero no tendrás acceso a todos los contenidos (no podrás ver videos incrustados de Youtube y Facebook) Ver Política de Cookies

Los ajustes de cookies en esta web están configurados para «permitir las cookies» y ofrecerte la mejor experiencia de navegación posible. Si sigues usando esta web sin cambiar tus ajustes de cookies o haces clic en «Aceptar», estarás dando tu consentimiento a esto.

Cerrar